Accidente
Suceso imprevisto y repentino no provocado deliberadamente por el beneficiario, que le produzca una lesión orgánica o una perturbación funcional, temporal o permanente. |
Agente de seguros
Toda persona física o moral, autorizada por la Superintendencia de Seguros, para que, en virtud de un contrato suscrito con un asegurador, o con un corredor de seguros, se dedique a gestionar solicitudes de seguros exclusivamente para dicho asegurador o corredor de seguros, mediando como única remuneración, una comisión pactada. |
Agravante
Una situación específica que introduce o aumenta la probabilidad de la ocurrencia de una pérdida o que influencie la cantidad de una pérdida. |
Ajustador
Es la persona que, por compensación, como contratista independiente o como empleado de un contratista independiente, o por honorarios, comisión o sueldo, investiga y negocia el ajuste de reclamaciones que surjan de contratos de seguros exclusivamente a nombre del asegurador o del asegurado. |
Asegurado
Es la persona que, en sí misma, o en sus bienes o intereses económicos, está expuesta al riesgo cubierto bajo un contrato de seguros. Cuando se trata de una cosa u objeto, suele llamarse "interés asegurado". |
Aseguradora
Entidad autorizada para el ejercicio de la actividad aseguradora que, mediante un contrato de seguro, se compromete a la cobertura del riesgo objeto de dicho contrato. |
Asistencia en Viajes
Modalidad de seguro por la que se garantizan una serie de servicios destinados a resolver las incidencias que le hayan surgido al asegurado o a quienes le acompañen, durante un viaje. |
Beneficiario
Es la persona designada en la póliza para percibir el valor de la indemnización y puede ser el mismo asegurado o un tercero. |
Beneficiarios
Son aquellas personas o entidades registradas en la póliza de vida con derecho a recibir la suma asegurada al momento del fallecimiento, invalidez o cualquier otra cobertura acordada en el contrato de seguro, en el caso de que ocurra. Los beneficiarios no necesariamente tienen que ser familia del asegurado y/o titular. |
Bienes inmuebles
Tierra y sus pertenencias, incluyendo todo lo que es permanente por naturaleza como edificio, árboles, minerales y los intereses, derechos o beneficios de ellos. |
Bienes muebles
El derecho o interés que puede tener una persona en cosas personales, movibles o que son separables de la propiedad. |
Cláusula
Acuerdo establecido en un contrato de seguros que modifica, aclara o deja sin efecto parte del contenido de sus condiciones generales o particulares. |
Coaseguro
Es la concurrencia de dos o más entidades aseguradoras en la cobertura de un mismo riesgo. |
Cobertura
Compromiso aceptado por el asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el límite estipulado, de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro. |
Condiciones generales
Reflejan el conjunto de principios básicos que establece el asegurador para regular todos los contratos de seguro que emita en el mismo ramo o modalidad de garantía. En estas condiciones suelen establecerse normas relativas a la extensión y objeto del seguro, riesgos excluidos con carácter general, forma de liquidación de los siniestros, pago de indemnización, jurisdicción, subrogación, etc. |
Condiciones particulares
Documento impreso hecho para el asegurado por el asegurador estableciendo los términos del contrato de seguro entre la compañía aseguradora y el asegurado donde se recogen aspectos concretamente relativos al bien que se asegura: como efecto y vencimiento del contrato; periodicidad del pago de las primas e importe de las mismas; bien asegurado, riesgos cubiertos, etc. |
Contrato de fianza
Es un contrato de carácter accesorio por la cual una de las partes (afianzador), mediante el cobro de una suma estipulada (honorarios), se hace responsable frente a un tercero (beneficiario) por el cumplimiento de una obligación o actualización de la segunda parte (afianzado), según las condiciones estipulada entre las partes. |
Contrato de seguros y sus partes
Es el documento (póliza) que ofrece constancia del acuerdo por el cual una parte contratante (asegurador), mediante el cobro de una suma estipulada (prima), se obliga a indemnizar o pagar a la segunda parte contratante (asegurado) o a una tercera persona (beneficiario), a consecuencia de un siniestro o por la realización de un hecho especificado en el contrato. |
Corredor de Seguros
Confirme a la Ley No. 146-02 sobre Seguros y Fianzas en República Dominicana, el Corredor de Seguros es la persona física o moral autorizada por la Superintendencia de Seguros para que en representación de un solicitante de seguros, intervenga en la contratación de seguros de toda clase, recibiendo como única y exclusiva remuneración una comisión pactada con el asegurador. |
Cotización
Pagos que realiza un individuo al sistema de seguridad social. |
Deducible
Suma acordada entre el asegurado y la aseguradora, la cual es la parte donde participa el asegurado al momento de un siniestro. |
Endoso
Es un cambio y/o modificación en las condiciones particulares de la póliza del seguro, que agrega o restringe cobertura. |
Fraude
En el ámbito asegurador, son todas las acciones que realizan los asegurados para obtener un beneficio que no les corresponde o, también, los actos ilícitos que llevan a cabo las compañías de seguros o los mediadores con sus clientes. |
Fondo de Pensiones
Es un patrimonio en el que se acumulan las aportaciones de las personas adheridas al plan de pensiones. |
Garantía
Compromiso aceptado por un asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el límite estipulado, de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro. |
Historial de Siniestros
Informe que refleja el número y tipo de siniestros que ha declarado un asegurado durante un periodo de tiempo determinado. |
Indemnización
Es la reposición de un daño o perjuicio. |
Infraseguro
Situación que se origina cuando el valor que el asegurado o contratante atribuye al bien asegurado es inferior al que realmente tiene. |
Intermediario
Toda persona física o moral autorizada por la Superintendencia de Seguros para actuar entre los asegurados y los aseguradores. |
Incapacidad permanente
Se produce cuando el trabajador presenta reducciones funcionales graves que se pueden considerarse definitivas y que disminuyen o anulan la capacidad para trabajar. |
Incapacidad temporal
Situación por la que el trabajador se encuentra durante un tiempo limitado imposibilitado para desarrollar su labor profesional a causa de una enfermedad o un accidente. |
Invalidez
Es aquella sufrida por el asegurado a consecuencia de un accidente que le impida prestar atención a cualquier empleo u ocupación como fines remunerativos o lucrativos. La misma puede ser una incapacidad parcial como permanente. |
Jubilación
Es la situación de un trabajador que cesa en su actividad laboral, al cumplir una determinada edad. |
Ley que rige el seguro en República Dominicana
La ley No. 146-02, promulgada el 11 de septiembre del 2002, en sustitución de la Ley No. 126 del 10 de mayo del 1971, y la Ley 4117, del 22 de abril del 1955, que regulaba el seguro obligatorio de vehículos de motor. |
Lucro Cesante
Modalidad del seguro por la que se protege la ganancia que se hubiera obtenido en caso de no haberse producido las circunstancias que han causado el siniestro. |
Multirriesgo
En un tipo de seguro que cubre distintos riesgos que se engloban en diferentes ramos de seguros. |
Notificación de un Siniestro
Comunicación al asegurador que efectúa el asegurado para comunicar la ocurrencia de un siniestro. Es una de las obligaciones principales del asegurado, en caso de siniestro, cuyo incumplimiento (dentro de un plazo determinado en las condiciones generales de las pólizas) puede dar lugar a la pérdida de la indemnización debida. |
Pérdida
La base para el reclamo de una indemnización o daño estipulado en los términos de una póliza de seguro. Cualquier disminución de cantidad, calidad o valor de una propiedad. |
Pensión
Es una prestación económica que se proporciona de forma periódica, por ejemplo mensualmente, y cuya duración es vitalicia o hasta alcanzar una edad determinada. Dentro de esta modalidad se encuentran las pensiones de jubilación o invalidez. |
Póliza de Seguros
Conjunto de documentos en los que se formaliza el contrato del seguro. La póliza contiene los derechos y obligaciones de las partes de dicho contrato (tomador, asegurado, beneficiario y aseguradora). Está integrada por las condiciones generales, las condiciones particulares y las condiciones especiales y los suplementos o apéndices que se emitan en la misma. |
Pre-Certificación
Es un procedimiento médico programado, mediante el cual el asegurado avisa a la aseguradora con un mínimo de 5 días hábiles de la fecha programada para recibir los servicios médicos, con el objetivo de coordinar con el proveedor de servicio, de acuerdo a los beneficios contratados en el plan. |
Prima
Prima escrita o estipulada al momento de la emisión de una póliza o endoso. La prima es la remuneración (precio) que exige el Asegurador como contrapartida de la obligación que asume en el contrato de seguro. |
Protección integral
Es la protección física y económica de la familia. |
Quiebra
Es la situación legal de insolvencia del comerciante que se encuentra imposibilitado para cumplir las obligaciones contraídas. Sinónimo de bancarrota. |
Ramo
Modalidad o conjunto de modalidades de seguro relativas a riesgos de características o naturaleza semejantes. En este sentido se habla de Ramo de Vida, Ramo de Automóviles, Ramo de Incendio, etc. |
Reaseguro
Es el contrato que un asegurador celebra con otro para protegerse de las consecuencias de los seguros que ha otorgado, en cuanto excedan de su capacidad y conveniencia, transfiriendo al reasegurador su parte o la totalidad de los riesgos en las condiciones que se convengan entre ambos. |
Reinstalación de la suma asegurada
Es la reposición de la suma pagada en una reclamación, en interés de que continúe en vigor el valor total de la suma asegurada correspondiente a la propiedad asegurada. |
Riesgo
Es la incertidumbre concerniente a la pérdida. Es el no saber qué resultados puede traer una acción específica, ante una empresa o individuo. |
Riesgo no asegurable
Un riesgo para el que no se puede suscribir una póliza de seguro debido a que la probabilidad de pérdida y la cantidad de la pérdida es alta o no se puede estimar. |
Seguridad Social
Es un sistema de protección social público creado mediante la Ley 87-01 promulgada el 9 de mayo del 2001. Su carácter es universal, obligatorio, solidario, plural e integral a fin de otorgar los derechos constitucionales a la población; y regular y desarrollar los deberes y derechos recíprocos del Estado y los ciudadanos en lo referente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. |
Seguro
Es una actividad económico-financiera que presta el servicio de transformación de los riesgos de diversa naturaleza a que están sometidos los patrimonios, en un gasto periódico presupuestable, que puede ser soportado fácilmente por cada unidad patrimonial. |
Servicios médicos
Actividad encaminada a la prevención de la enfermedad, recuperación, rehabilitación y/o mantenimiento del estado de salud del individuo. |
Siniestro
Es la pérdida o el daño del objeto asegurado. |
Subrogación
Es la transferencia de derechos de una persona a otra (cuando el asegurador paga una pérdida al asegurado, en base a esta cláusula, éste le cede todos los derechos de la propiedad afectada). |
Superintendencia de seguros
Entidad que regula las actividades de seguros en el país. |
Tasación
Sinónimo de peritaje. Acción que permite al asegurador determinar las consecuencias económicas de un siniestro con el objeto de cuantificar el importe de la indemnización que deberá satisfacer. |
Valor actual en efectivo
Es el valor de un bien, después de aplicarle la depreciación a su valor de reposición en el momento de la pérdida. |
Valor asegurado
Valor por el que se contrata un seguro después de una evaluación objetiva de los bienes asegurados. |
Valor de reposición
El costo de reemplazar o reponer en el mismo lugar, bienes de la misma clase o tipo, pero no superior a, ni mayores que los bienes asegurados cuando eran nuevos. |
Valor del Mercado
Es el valor asignado a un negocio o una propiedad con respecto a lo que puede ser vendido. No necesariamente refleja el verdadero valor de un artículo, sólo por lo que podría ser razonablemente vendido. |